Análisis del procedimiento para presentar un incidente de alimentos ante otro juzgador según el Dictamen No. 003-19-DOP-CC emitido por la Corte Constitucional.
DOI:
https://doi.org/10.56048/MQR20225.9.2.2025.e754Palabras clave:
Derecho a la alimentación; competencia judicial; corte constitucional; derechos del niño; procedimientos judicialesResumen
El derecho a la alimentación, consagrado como fundamental en la Constitución de la República del Ecuador, especialmente para niños, niñas y adolescentes, fue examinado en este estudio a través del análisis del Dictamen No. 003-19-DOP-CC de la Corte Constitucional del Ecuador, que en el párrafo 298 la Corte Constitucional establece en lo relacionado con la disposición Reformatoria Segunda del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico General de Procesos que reforma el artículo 163 número 4 del Código Orgánico de la Función Judicial sobre la posibilidad de que los incidentes de aumento y rebaja en los juicios de pensiones alimenticias sean conocidos por otro juez a los modos de prevención, lo siguiente:
- Esta Corte Constitucional aprecia que en efecto la reforma tiene como consecuencia cambiar la competencia de un juez a otro cuando se produce un incidente de alimentos. En este caso, la competencia se radicará por los modos de prevención, siendo el mecanismo general aplicable a todos los juicios, el sorteo legal, es decir no se modifica de forma sustancial los incidentes de aumento y rebaja de la pensión alimenticia, sino únicamente su competencia, debiendo de todas formas el juzgador que radique competencia resolver con celeridad, diligencia y conforme al mérito procesal del expediente.
Este dictamen sugirió un cambio significativo en el procedimiento judicial estándar al proponer la transferencia de la competencia sobre los incidentes de alimentos a un nuevo juez, distinto del que originalmente manejaba la causa principal, la misma Corte Constitucional en el párrafo indica que esta reforma no sería inconstitucional. Utilizando un enfoque mixto cuali-cuantitativo, este artículo exploró si dicho cambio podría afectar adversamente principios jurídicos clave como el interés superior del niño, el debido proceso y la celeridad en los procedimientos judiciales. Para llevar a cabo esta evaluación, se emplearon métodos empíricos combinados con enfoques inductivo-deductivos y una revisión bibliográfica exhaustiva. El propósito fue determinar tanto las implicaciones prácticas de la implementación del dictamen como las posibles repercusiones legales que podrían surgir de este cambio en la gestión propósito de los casos de alimentos. Los resultados obtenidos indican que el cambio en el procedimiento judicial, aunque diseñado para aumentar la eficiencia en la resolución de casos de alimentos, ha generado una serie de desafíos operativos y legales. En particular, el cambio ha afectado los principios de consistencia y precisión en la administración de justicia, lo que ha llevado a una variabilidad significativa en las decisiones judiciales. Esta inconsistencia podría potencialmente comprometer el principio del interés superior del niño, un pilar fundamental en los casos de protección de.
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