Las sentencias constitucionales “vistazo” y “la hora” a la luz de la doctrina de la real malicia y la responsabilidad ulterior de los medios de comunicación en Ecuador
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https://doi.org/10.56048/MQR20225.9.1.2025.e257Palabras clave:
Libertad de expresión; presunción de constitucionalidad; real malicia; responsabilidad ulterior; Vistazo; La HoraResumen
En el estudio se analiza la libertad de expresión en relación con la doctrina de la real malicia y la responsabilidad ulterior de los medios de comunicación y su aplicación en las sentencias No. 282-13-JP/19 y No. 1651-12 EP/20 de la Corte Constitucional del Ecuador, ambas relacionadas con la libertad de expresión y sus límites cuando se trata de un servidor público o con la publicación de un editorial en el período electoral, respectivamente. El objetivo es determinar si es aplicable la doctrina de la real malicia en los casos “Vistazo” y “La Hora” para equilibrar la protección de la libertad de expresión y la responsabilidad ulterior de los medios de comunicación. Se realizó una investigación de enfoque cualitativo, alcance explicativo y de tipo documental bibliográfica, donde el análisis doctrinal y jurisprudencial fue complementado con la opinión de expertos a través de una encuesta. El resultado principal es un caracterización de la libertad de expresión, la doctrina de la real malicia y la responsabilidad ulterior de los medios de comunicación; se concluye que la doctrina de la real malicia sí es aplicable a los casos mencionados, y a otros que guarden similitudes, para lo cual, la Corte Constitucional estableció los criterios que deben tenerse en cuenta para imponer cualquier limitación a la libertad de expresión, considerando que en ese ámbito opera el principio de presunción de constitucionalidad.
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